En febrero entrará en vigor la nueva regulación sobre desplazamiento de conductores entre países de la Unión Europea, que lleva aparejada la exigencia del salario mínimo. De este modo, los conductores que operen a nivel internacional y realicen cabotaje deberán percibir el salario mínimo del país en el que realicen el transporte, con la excepción de transportes en tránsito y bilaterales. La comunicación previa a efectuar por parte de la empresa que desplaza trabajadores será telemática, a fin de facilitar el control al país receptor de la operación.
Un segundo punto importante son las nuevas restricciones para controlar prácticas de cabotaje perenne, llevado a cabo por empresas deslocalizadas. La normativa incluye un periodo de "enfriamiento" de cuatro días, que impide que se realicen operaciones de cabotaje continuas dentro del mismo país y con el mismo vehículo y, por otra parte, será obligatorio regresar al país donde el vehículo está matriculado, cada ocho semanas.
En tercer lugar, durante 2022 entrarán en vigor medidas de control que obligan a registrar en el tacógrafo un paso de frontera de forma manual, si el sistema no lo registrase automáticamente. Si este cruce de frontera se realizara en ferry o eurotúnel, el conductor deberá anotarlo en la estación o en el puerto de llegada.
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios.Si continua navegando, consideramos que acepta su uso.Puede leer más sobre el uso de cookies en nuestra política de privacidad.