Los transportistas dados de alta en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional deben comunicar los kilómetros que han realizado sus vehículos en el año anterior a la Agencia Tributaria. Dicha obligación ha de ser cumplimentada antes del 31 de marzo de este año, si queremos beneficiarnos de las devoluciones que la Agencia Tributaria establece para este concepto. La Agencia Tributaria devuelve hasta 4’9 céntimos por litro correspondiente a la suma del tramo estatal del impuesto sobre los carburantes más el recargo autonómico que aplican la mayor parte de las Comunidades Autónomas. Asimismo, le recordamos que, para poder optar a las devoluciones, han de abonar los consumos de carburante con tarjetas registradas como tarjetas de Gasóleo Profesional, como es el caso de la tarjeta Global STAR. Si no dispone todavía de tarjetas de Gasóleo Profesional, puede ampliar más información aquí.
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