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Declaración 349
Todas las empresas y profesionales que realicen entregas o adquisiciones intracomunitarias en la U.E. y que les hayan facturado algún servicio o producto sin I.V.A., tienen la obligación de presentar declaración informativa ante la AEAT que, en función de los importes gestionados, se deberá realizar de forma mensual, trimestral o anual. Ésta es la Declaración 349 (nombre completo: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, 349)
Actualmente las Administraciones están conectadas y son conscientes de las facturas que cada cliente debe declarar en su país de origen, por lo que cuando no son declaradas, están informando a los clientes e incluso aplicando sanciones.
El servicio de Consultoría de JOSÉ MIGUEL LÓPEZ, S.L. está especializado en este tipo de gestiones.
Más información acerca de este servicio en el 902 356 033 y en jml@enlazo.com.