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Gasóleo Profesional

Desde el 1 de enero del año 2007 en España existe una bonificación por el consumo de carburante: el Gasóleo profesional. Se trata de una devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos regulada por la ley 36/2006.m.

Desde el pasado 1 de enero de 2010 el importe bonificado es de 0,029 Euros por Litro.

Más información acerca de este servicio en el 902 356 033 y en jml@enlazo.com.

 

Para optar a esta bonificación se deben cumplir varios requisitos:

  • Ser titular de los vehículos para los que se solicita la bonificación.
  • Estar inscrito en el Censo de Beneficiarios de Gasoleo Profesional.
  • Repostar con tarjetas de pago de carburantes que estén registradas como Tarjetas de Gasóleo profesional, como la tarjeta Global STAR.
  • Presentar declaración anual sobre los kilómetros recorridos por cada vehículo.

La devolución se aplicará a un máximo de 50.000 litros/año por vehículo.

Los vehículos deben estar en una de estas tres categorías:

a) Vehículos a motor o conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con un peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.

b) Vehículos a motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 o M3 de las establecidas en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de Febrero de 1970, relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre la homologación de los vehículos a motor y de sus remolques.

c) Taxis, turismo destinado al servicio público de viajeros bajo licencia municipal y provisto de aparato taxímetro.

JOSÉ MIGUEL LÓPEZ, S.L. gestiona para empresas nacionales y extranjeras, las tareas de registro y mantenimientod de vehículos en Censo de Beneficiarios, así como la realización de declaraciones anuales.